2. Bienes de propiedad común

Los bienes de propiedad común –también denominados “bienes o recursos comunales”– son una categoría de bienes económicos que presentan dos rasgos característicos: uno, que su consumo es rival –como sucede con los bienes estrictamente privados–; y dos, que no es posible excluir de su consumo, al menos a un coste razonable, a aquellos individuos que tienen acceso a los mismos –como sucede con los bienes públicos puros–. Desde el punto de vista de su capacidad de satisfacer necesidades de consumo o para ser utilizados como input en los procesos de producción, esta categoría de bienes incluye tanto bienes materiales de uso compartido –como los bancos de pesca – sistemas instrumentales colectivos –como los sistemas de regadío o las redes informáticas–, además de bienes intangibles –como el conocimiento tecnológico– en los que es difícil, que no imposible, excluir a usuarios potenciales.

Scott Gordon (1954) formula el problema microeconómico al que se enfrentan los pescadores que tienen acceso a un banco pesquero cuando estos no internalizan el coste que cada uno de ellos impone al resto si realiza un exceso de capturas, lo que impediría la regeneración de las especies.

Esto se plantea como la elección individual de un nivel de esfuerzo (intensidad en la actividad de pesca) que permite maximizar los beneficios de cada pescador (Beneficio Individual = Ingresos Individuales – Costes Individuales), pero sin incluir entre estos costes el coste social que, en términos de coste de oportunidad, se infringe al resto de los pescadores cuando se reducen sus posibilidades de capturas. Esto equivale considerar la sobreexplotación del recurso como una externalidad negativa.(Gráfico 1).

Alternativamente, desde la teoría de la producción (gráfico 2), esto equivale a determinar el nivel de esfuerzo realizado por el propietario del recurso común a partir de la igualación del ingreso medio (o lo que es lo mismo, de la productividad media) al coste medio, en lugar de determinarlo por la igualación del ingreso marginal (productividad marginal) al coste marginal, lo que conduce a una sobreexplotación del recurso.

El problema del uso eficiente de los bienes o recursos de propiedad común ha pesqueros o los pastizales comunitarios–, como sido estudiado desde una perspectiva del comportamiento humano dando lugar a la conocida como “Tragedia de los Comunes” (Tragedy of the Commons).

Se trata de un dilema descrito por James Garrett Hardin en 1968, y publicado en la revista Science, en el que los copropietarios de un recurso, motivados solo por su interés personal, actúan racional e independiente maximizando su utilidad (o sus beneficios, en el caso de productores) para terminar agotándolo, aunque a ninguno de ellos les interese que se produzca esta eliminación.

Aunque su principal aplicación ha tenido lugar en el campo de la Economía, originalmente este trabajo fue concebido para analizar la relación entre libertad y responsabilidad individual y social. Su contenido se ha extendido al estudio del comportamiento humano en otras áreas como la Psicología, la Teoría de Juegos, la Política o la Sociología.

La búsqueda de respuestas al problema de los bienes de propiedad común enfrenta las alternativas de la intervención pública –como solución a un fallo de mercado– y las soluciones cooperativas de naturaleza privada. Tradicionalmente, la intervención del sector público –ya sea a través de la legislación, del reparto de licencias o con impuestos–se ha considerado indispensable para adecuar los esfuerzos individuales.

Sin embargo, Elinor Ostrom –Premio Nobel de Economía en 2009  –en su trabajo de 1990 “El Gobierno de los Bienes Comunes”, plantea posibles soluciones privadas basadas en la institucionalización de reglas de uso de estos bienes, incluida la forma de resolver los conflictos de intereses que surgen del ejercicio estrictamente individual de los derechos de propiedad.